Edición Globaljueves 3 de septiembre de 2026 El mundo en breveLa edición semanal
Continente ORDEN Y PERSPECTIVA GLOBAL.
LíderesEstados UnidosLas AméricasEuropaAsia y ChinaOriente Medio y ÁfricaInternacionalNegociosFinanzas y economíaCiencia y tecnologíaCultura
Secciones y más
El mundo
LíderesEstados UnidosLas AméricasEuropaAsia y ChinaOriente Medio y ÁfricaInternacional
Negocios, ciencia y cultura
NegociosFinanzas y economíaCiencia y tecnologíaCultura
El medio
El mundo en breveLa edición semanal BoletinesAcerca
Europa

La Audiencia Nacional rechaza el asilo a un colombiano que invocó persecución por activismo contra Duque

El tribunal español avala la devolución tras concluir que no hay riesgo real ni perfil político que justifique protección internacional; el informe desfavorable de ACNUR reforzó la decisión.
Foto: infobae.com
Europadomingo 30 de agosto de 2026

La Audiencia Nacional española denegó el asilo a un ciudadano colombiano internado en el Centro de Internamiento de Extranjeros de Aluche, quien solicitaba la suspensión urgente de su devolución a Colombia. El hombre argumentaba que su vida e integridad física corrían peligro por su activismo político contra el entonces presidente Iván Duque.

La resolución judicial confirma la negativa previa del Ministerio del Interior a reconocerle la condición de refugiado. El recurrente, representado por su procurador, pidió una medida cautelarísima ante la inminente finalización del plazo máximo de internamiento en el centro de Aluche.

La solicitud impugnaba la resolución de la Dirección General de Protección Internacional, que había desestimado tanto la petición inicial como el reexamen. El organismo administrativo argumentó incoherencias e insuficiencia en los motivos de asilo expuestos por el solicitante.

La defensa sostuvo que las resoluciones administrativas incurrían en errores relevantes, como atribuir al solicitante motivos que no correspondían con su relato y situar los hechos en una cronología incorrecta. Insistió en que el hombre había documentado su participación en manifestaciones contra el Gobierno de Duque en 2018 y 2019, además de amenazas y episodios de represión vinculados a ese activismo. Entre las pruebas aportadas figuraban recortes de prensa de 2019 y justificantes de solicitudes de residencia y empadronamiento en España.

La Sala reconoció la urgencia derivada de la situación de internamiento y del plazo próximo a vencer, pero concluyó que no se cumplían los requisitos para otorgar la medida cautelarísima. El tribunal valoró que no existían pruebas suficientes de un riesgo real, actual y grave para la vida o integridad del solicitante en caso de devolución, ni un perfil político que justificase una persecución individualizada bajo los términos de la Convención de Ginebra.

El fallo señaló, además, que la sola participación en varias manifestaciones no bastaba para acreditar un peligro concreto. Pesó también el informe desfavorable de ACNUR sobre el caso. Con estos argumentos, la Audiencia Nacional denegó la suspensión de la devolución y el derecho de permanencia en territorio español, en una resolución que la fuente presenta como firme por no admitir recurso.

El caso llega en un momento en que España enfrenta presión creciente sobre su sistema de asilo, con solicitudes que se multiplican y centros de internamiento que operan cerca de su capacidad. Conviene mirar los incentivos: cuando la protección internacional se invoca sin sustento probatorio suficiente, el costo no lo asume solo quien pierde el recurso, sino el conjunto del sistema, que debe distinguir entre quien huye de una persecución verificable y quien busca una vía alterna de residencia.

El dato importa más que el ruido. Que un tribunal exija pruebas concretas —no solo un relato de activismo genérico— y que dé peso a la valoración técnica de ACNUR es, precisamente, lo que sostiene la credibilidad de la institución del asilo. Sin ese rigor, la protección internacional se erosiona para quienes sí enfrentan riesgo real, y el Estado de derecho pierde la capacidad de distinguir entre categorías que la ley separa con motivo.

Más sobre Europa

La edición semanal

El temario completo de la semana

Leer la edición →