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El PP propone nacionalidad para saharauis tras dos años de residencia en España

La iniciativa llega al Senado con nueve enmiendas del PP, que también plantea una concesión por residencia y mantiene el pulso con la ley aprobada en el Congreso. El debate vuelve a poner en primer plano quién decide las reglas de acceso a la nacionalidad y con qué criterios.
Lídereslunes 28 de septiembre de 2026

La ley promovida por Sumar para que los nacidos en el Sáhara Occidental antes de 1977 y sus descendientes puedan ser españoles, y que fue aprobada por el Congreso en septiembre, llega mañana al Senado con una nueva propuesta del PP: dar la nacionalidad a los saharauis tras dos años de residencia en España.

Es una de las nueve enmiendas que el PP quiere discutir en la ponencia de la ley en la comisión de Justicia. Junto a ello, Vox ha planteado un veto que, previsiblemente, no saldrá adelante, teniendo en cuenta que los populares, junto a Junts, se abstuvieron en el Congreso, lo que permitió que la ley saliera adelante.

El miércoles serán las votaciones y la ley de nacionalidad saharaui, con las enmiendas que se incorporen, se votará en el pleno del Senado la próxima semana. El PP tiene mayoría absoluta en la Cámara Alta.

Entre sus enmiendas, el PP propone incluso modificar el título de la proposición para que incluya la concesión de la nacionalidad «por residencia». También plantea suprimir dos artículos de la ley y fijar que la concesión de la nacionalidad por residencia requiera diez años, aunque contempla excepciones: cinco años para quienes hayan obtenido la condición de refugiado y dos años para nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal, además de sefardíes y saharauis del Sáhara Occidental.

Si el veto de Vox prosperase, tendría que ser la Cámara Baja la que lo levantara. Y las enmiendas parciales que prosperen en el Senado deberán votarse igualmente en el Congreso.

Conviene mirar los incentivos. La discusión no gira solo en torno a una cuestión de reparación histórica, sino a quién fija las condiciones de acceso a la nacionalidad y bajo qué umbral de residencia se abre esa puerta. Cuando el Estado amplía o restringe ese acceso, no solo define una norma: también reparte oportunidades, derechos y obligaciones.

El dato importa más que el ruido. Lo que está en juego es el equilibrio entre una propuesta ya aprobada por el Congreso y un Senado con capacidad de rediseñarla. En ese pulso, el orden institucional importa tanto como el fondo político: la nacionalidad no es una concesión menor, sino una decisión de Estado con efectos duraderos sobre ciudadanía, integración y autoridad legal.

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